El pasado 15 de abril se aprobó por Decreto Ley un reglamento que permite que un agente, sin autorización ni tutela judicial pueda “trazar” todas tus comunicaciones electrónicas privadas.
La “traza privada” es el rastro que dejan tus comunicaciones electrónicas personales. Sabiendo quien te envía o recibe mails o peticiones de chat tuyos, cuando y desde dónde, se pueden aproximar tus afinidades políticas, sentimentales, sexuales, religiosas e incluso tus aspiraciones profesionales.
Se trata de información personal, de datos que describen tu intimidad, cuya captura y utilización debería estar garantizada por la tutela judicial. Sin que puedas impugnarlo, sin que un juez lo controle, probablemente sin que tú ni el juez podáis llegar a saberlo, información personal sensible, que merece la máxima protección, podría estar al acceso de personas cuyas buenas intenciones no tienes por qué presuponer. El que personas al servicio del estado puedan sin autorización judicial interceptar y procesar tus comunicaciones supone un enervamiento sin precedentes del derecho fundamental del secreto de las comunicaciones, garantizado en el apartado 3 del artículo 18 de la Constitución.
Actualmente el Tribunal Supremo ha admitido, a trámite la impugnación de la Asociación de Internautas. Esta impugnación está basada en motivos formales en el proceso de elaboración y rango de la ley; sin embargo, debe ser una pieza más en el proceso que lleve a la retirada o corrección del reglamento. Haces falta y hace falta tu concurso.
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