La futura LPI lleva buen camino, al menos en su tramitación. El texto, quiere trasponer la Directiva Europea sobre derechos de autor en la Sociedad de la Información, y reafirma la exigibilidad del «canon» por copia privada en los soportes digitales sin más límite que la formación de conciencias (enseñanza, investigación o bibliotecas). Este instrumento de cobro, el más conflictivo, se mantiene como obligatorio para compensar al autor por la «copia privada» de una obra, por la copia hecha por una persona física para uso privado y a partir del original.
La Ministra de Cultura agradeció a todos los grupos parlamentarios el “gran acuerdo” alcanzado con el texto, y justificó los contenidos diciendo que “el Gobierno ha querido seguir apostando por los creadores», aunque matizó que también se había otorgado “protagonismo a los consumidores y a la industria”. Siguiendo esta visión positivista, la Asociación de Internautas acoge con buenos ojos la idea de prever al menos una “comisión arbitral de la Propiedad Intelectual” como instrumento de resolución de conflictos para entidades de gestión y consumidores. Aunque intuimos que va a hacer falta algo más que un árbitro, si por mandato legal los soportes digitales se consideran exclusivamente fabricados para reproducir obras de autores asociados, sin más límite que la imaginación de éstos.
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