Proyecto Junio 2006 (16 cámaras)

Inauguro una sección donde quiero ir comentando alguno de los proyectos de la empresa.

Y el primero es un proyecto de 16 cámaras DLINK DCS-2100 G, para una misma empresa, en 2 ubicaciones distintas (fábrica y tienda).

Uilizaremos también algún switch POE, y un par de switchs normales. Un par de ordenadores donde se irán guardando las imágenes grabadas. Bastantes metros de cable.

La idea es que se tenga visión contínua y grabada de la producción de la empresa, tanto desde dentro como desde fuera, asi como de los accesos a la misma para controlar posibles robos.

4 comentarios en «Proyecto Junio 2006 (16 cámaras)»

  1. No estoy muy seguro, pero tenía entendido que no era legal tener cámaras en los lugares de trabajo, excepto en sus accesos. Te recomiendo (a ti y a tu cliente) que si no lo habéis hecho ya os informeis del tema legal. Y si lo habéis hecho o cuando lo hagais, que nos ilustreis 😉

  2. El tema legal es complicado, y yo no soy experto en eso, pero creo que si se informa a los trabajadores, dan su aprobación y se ponen los pertinentes avisos no debe ser ilegal.

    También hay que tener en cuenta que si el lugar es de acceso público, el cliente o visitante que entre al establecimiento, tiene derecho a solicitar que se le borre toda la grabación en la que haya salido mientras estaba en dicho establecimiento.
    En cualquier caso, repito, no soy un experto en el tema. Si alguien lee esto y puede darnos mas información, será bienvenida

  3. Efectivamente, como indica Gabriel, si se cumplen determinados requerimientos legales (información a los trabajadores, consentimiento, control de las grabaciones, proporcionalidad de la medida,…), está permitida la instalación de cámaras, y no tienen por qué lesionarse los derechos de los trabajadores.

  4. Es totalmente legal visionar en directo cualquier puesto de trabajo, se supune que tambien lo podrias hacer si estubieras presente en el lugar, y es totalmente legal, la grabacion de las zonas comunes y entrada salida de las empresas como control de accesos a la misma, siempre todo con la suficiente informacion tanto de visitantes como de los empleados, no es necesaria la firma o consentimiento, solo la informacion. Pero de ningun modo, se podran utilizar las imagenes gravadas o visionadas sin testigos, para el despido o sancion del personal de la empresa, si no se ha cometido delito.
    El grabador de las imagenes, debe de tener una configuracion para el calendario de grabacion, excluyendo las horas en las que la empresa realiza sus servicios normales y grabando a partir de la hora en el que el personal debe de haber abandonado la empresa. Si deseas alguna otra explicacion escribeme al e-mail j.andres@tsbsl.com.

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