Wordle

Hago caso a Fernand0 (suele acertar), y genero mi Wordle, que es un generador de imágenes-palabras a partir de una web (blog), o de una dirección Del.icio.us, o de una serie de palabras.

Y me ha gustado particularmente el que ha generado con este blog:

entre otras cosas porque la palabra que mas se ve es «empresa», y a lo mejor es que Carlos tiene razón con eso de que soy «don erre que erre» con introducir a la empresa en la red de hoy en día.

El que se lo quiera generar, lo tiene disponible aqui

Conferencia de Elena Dinesen, Directora de Recursos Humanos de Microsoft Ibérica.

Me avisan de una conferencia en Zaragoza de Elena Dinesen, Directora de Recursos Humanos de Microsoft Ibérica.

30 de Septiembre de 2008 a las 17.30 horas
Salón de Plenos de la Cámara de Comercio
e Industria de Zaragoza.
Pº Isabel la Católica 2
50009 Zaragoza

Información e Inscripciones:

Teléfono: 976 300 480
Fax: 976 300 475
Pulse aquí para Inscripción online
www.ayanet.es

Persona de contacto:
Inma Ortiz

Mas información

Bruselas prohibirá a los operadores cortar el servicio por compartir ficheros P2P

La Comisión Europea aprobará el próximo miércoles en la Eurocámara un paquete de medidas para regular las telecomunicaciones. El famoso modelo Sarkozy que desconecta a los usuarios que descargan en redes P2P no podrá aplicarse. Únicamente los internautas que descarguen contenidos recibirán avisos informando de que el contenido está protegido por derechos de autor.

«Se trata de advertencias generales de servicio público, como las que ya se dan en la radio y en la televisión, que queremos extender a internet”, explica Malcolm Harbour, responsable de elaborar la propuesta legislativa.

Bruselas advierte que legislación que protege los derechos de autor es competencia de cada país. En cualquier caso, no podemos bajar la guardia ya que las entidades de gestión de derechos de autor como la SGAE persiguen un modelo similar al que se aplica en Francia o Reino Unido.

Via Adslzone

El P2P es legal, y también poner enlaces a estos sistemas.

Copio y pego de la Asociación de Internautas:

Una vez más los tribunales confirman que el responsable de los contenidos en Internet ha de ser quien los elabora o edita, y no quien los enlaza o almacena. En esta ocasión, se resolvía sobre los controvertidos sistemas de intercambio de archivos P2P, y se ha concluido rotundamente que enlazar con sistemas P2P no es ilegal.

19-09-2008 – Los sistemas de intercambio de archivos P2P vienen siendo demonizados casi desde que existen por quienes no son capaces de comprender su funcionamiento ni sus utilidades en la Era Digital, por eso, no nos resulta extraño oír hablar de represivas campañas policiales y/o ejemplarizantes procedimientos penales tanto contra quienes los utilizan (carga y descarga de archivos), como contra quienes los promocionan (enlaces). La cuestión es que el intercambio de archivos en Internet es algo indiscutiblemente legal, tanto la actividad como el sistema que lo permite. Es evidente que con su uso se puede infringir alguna norma, ya sea de carácter civil o penal, sin embargo, esto no significa en ningún caso que el sistema de intercambio utilizado sea por si mismo ilegal. Con un ladrillo se pueden realizar múltiples conductas de las descritas en las leyes como ilícitas, sin embargo, no es por si mismo un instrumento ilegal. Es decir, no se puede condenar a quienes utilizan sistemas P2P sin determinar primero para qué están siendo utilizados exactamente (si efectivamente se ha lesionado o no un bien jurídicamente protegido) y, segundo, quien debe ser realmente el responsable de dicho uso. El problema es que en no pocas ocasiones, una vez que determinada la efectiva lesión de un bien protegido, se ha condenado sin más a “quienes pasaban por allí” (por ejemplo, el administrador de un foro o el prestador de servicios de host). Por suerte, la justicia está caminando poco a poco hacia una misma línea doctrinal.

La última resolución dictada en materia de responsabilidad por contenidos en Internet, el Auto nº 582/08 de la de la Audiencia Provincial de Madrid (11.09.08), ha resuelto desestimar un recurso interpuesto por Walt Disney, Warner, Microsoft, EGEDA y PROMUSICAE, entre otros, contra el archivo de las actuaciones de un procedimiento que debatía si www.sharemula.com estaba incurriendo en un delito al proporcionar enlaces a programas de descarga de archivos. Este Auto, viene a descartar definitivamente que se hayan dado los presupuestos necesarios para hablar de un delito y, basa sus conclusiones finales en lo dispuesto por la Ley de Comercio Electrónico (LSSI) sobre responsabilidad de los prestadores de servicios de la sociedad de la información.

Señala la Audiencia que procede el sobreseimiento de las actuaciones penales porque la actividad enjuiciada no consiste en reproducir, plagiar, distribuir o comunicar públicamente “una obra literaria, artística o científica” sin la autorización de sus titulares y, por tanto no puede hablarse de la comisión de un delito en el sentido del art. 270 del Código Penal. Pero la resolución no se conforma con esto y va más allá, dedica parte de sus fundamentos jurídicos a explicar que la actividad de “facilitar enlaces”, en realidad está regulada en la LSSI y, que es esta la norma que debe determinar en todo caso la responsabilidad de quienes la realizan.

El art.17 de la LSSI, fiel reflejo de lo dispuesto por la Directiva 2000/31/CE de Comercio Electrónico, dice: “Los prestadores de servicios de la sociedad de la información, que faciliten enlaces a otros contenidos o incluyan en los suyos directorios o instrumentos de búsqueda de contenidos no serán responsables por la información a la que dirijan a los destinatarios de sus servicios” y, esto se completa con la exigencia de que el prestador tenga además un “conocimiento efectivo” de que la actividad o la información a que remiten sus enlaces es ilícita, para poder hablar de responsabilidades. El Auto de la Audiencia se pronuncia sobre esto para aclarar que, para poder hablar de la responsabilidad de quien proporciona enlaces, debe existir previamente ese “conocimiento efectivo”, es decir, debe existir una resolución de un órgano competente que así se lo haya comunicado. Lo mismo ocurriría con la aplicación del art. 16 de la LSSI, en cuanto a la responsabilidad de quienes se limiten a almacenar contenidos proporcionados por un tercero, ya que es éste quien los elabora o edita y, por tanto, es éste el responsable de las ilicitudes en que incurran.

La Audiencia entiende lógicas estas conclusiones, porque “el legislador español, con el fin de no menoscabar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión y otros valores, ha optado por la no obligación de fiscalizar los contenidos por parte de los prestadores de servicios”.

En la práctica todo esto significa que, en principio, sin “conocimiento efectivo” de posibles ilicitudes: quien pone enlaces en su web, no será responsable del contenido a que éstos enlacen; el administrador de un foro, no será responsable de los contenidos que terceros editen en él; el titular de un blog, no será responsable de los comentarios que terceros hagan de sus reflexiones; el propietario de un servicio de hosting, no será responsable de los contenidos que incluyan quienes lo contraten; el titular de un nombre de dominio, no será responsable de los contenidos que incluyan terceras personas que administren sus subdominios, etc.

Esperemos que esta nueva victoria de los derechos fundamentales (libertad de expresión) sobre la demonización de Internet, sirva para que procedimientos similares aún abiertos, como el que sigue la SGAE contra la Asociación de Internautas
caso (“putasgae.org”), ante el Tribunal Supremo, ayuden a la unificación de la doctrina en materia de responsabilidades por contenidos y/o enlaces y, especialmente, que definitivamente se aparte el punto de mira de quienes simplemente ofrecen espacios para que podamos comunicarnos libremente en Internet y, en todo caso, ejercitar nuestro legítimo derecho a la libertad de expresión.

Todos los puertos TCP y UDP

Encuentro, via Microsiervos, esta web, con un listado de los puertos TCP y UDP. Y con una pequeña explicación de cada uno

0
1 tcpmux
3
4
5 rje
7 echo
9 discard
11 systat
13 daytime
15 netstat
17 qotd
18 send/rwp
19 chargen
20 ftp-data
21 ftp
22 ssh, pcAnywhere
23 Telnet
25 SMTP
27 ETRN
29 msg-icp
31 msg-auth
33 dsp
37 time
38 RAP
39 rlp
40
41
42 nameserv, WINS
43 whois, nickname
49 TACACS, Login Host Protocol
50 RMCP, re-mail-ck
53 DNS
57 MTP
59 NFILE
63 whois++
66 sql*net
67 bootps
68 bootpd/dhcp
69 Trivial File Transfer Protocol (tftp)
70 Gopher
79 finger
80 www-http
87
88 Kerberos, WWW
95 supdup
96 DIXIE
98 linuxconf
101 HOSTNAME
102 ISO, X.400, ITOT
105 cso
106 poppassd
109 POP2
110 POP3
111 Sun RPC Portmapper
113 identd/auth
115 sftp
116
117 uucp
118
119 NNTP
120 CFDP
123 NTP
124 SecureID
129 PWDGEN
133 statsrv
135 loc-srv/epmap
137 netbios-ns
138 netbios-dgm (UDP)
139 NetBIOS
143 IMAP
144 NewS
150
152 BFTP
153 SGMP
156
161 SNMP
175 vmnet
177 XDMCP
178 NextStep Window Server
179 BGP
180 SLmail admin
199 smux
210 Z39.50
213
218 MPP
220 IMAP3
256
257
258
259 ESRO
264 FW1_topo
311 Apple WebAdmin
350 MATIP type A
351 MATIP type B
360
363 RSVP tunnel
366 ODMR (On-Demand Mail Relay)
371
387 AURP (AppleTalk Update-Based Routing Protocol)
389 LDAP
407 Timbuktu
427
434 Mobile IP
443 ssl
444 snpp, Simple Network Paging Protocol
445 SMB
458 QuickTime TV/Conferencing
468 Photuris
475
500 ISAKMP, pluto
511
512 biff, rexec
513 who, rlogin
514 syslog, rsh
515 lp, lpr, line printer
517 talk
520 RIP (Routing Information Protocol)
521 RIPng
522 ULS
531 IRC
543 KLogin, AppleShare over IP
545 QuickTime
548 AFP
554 Real Time Streaming Protocol
555 phAse Zero
563 NNTP over SSL
575 VEMMI
581 Bundle Discovery Protocol
593 MS-RPC
608 SIFT/UFT
626 Apple ASIA
631 IPP (Internet Printing Protocol)
635 mountd
636 sldap
642 EMSD
648 RRP (NSI Registry Registrar Protocol)
655 tinc
660 Apple MacOS Server Admin
666 Doom
674 ACAP
687 AppleShare IP Registry
700 buddyphone
705 AgentX for SNMP
901 swat, realsecure
993 s-imap
995 s-pop
999
1024
1025
1050
1062 Veracity
1080 SOCKS
1085 WebObjects
1100
1105
1114
1227 DNS2Go
1234
1243 SubSeven
1338 Millennium Worm
1352 Lotus Notes
1381 Apple Network License Manager
1417 Timbuktu
1418 Timbuktu
1419 Timbuktu
1420
1433 Microsoft SQL Server
1434 Microsoft SQL Monitor
1477
1478
1490
1494 Citrix ICA Protocol
1498
1500
1503 T.120
1521 Oracle SQL
1522
1524
1525 prospero
1526 prospero
1527 tlisrv
1529
1547
1604 Citrix ICA, MS Terminal Server
1645 RADIUS Authentication
1646 RADIUS Accounting
1680 Carbon Copy
1701 L2TP/LSF
1717 Convoy
1720 H.323/Q.931
1723 PPTP control port
1731
1755 Windows Media .asf
1758 TFTP multicast
1761
1762
1808
1812 RADIUS server
1813 RADIUS accounting
1818 ETFTP
1968
1973 DLSw DCAP/DRAP
1975
1978
1979
1985 HSRP
1999 Cisco AUTH
2000
2001 glimpse
2005
2010
2023
2048
2049 NFS
2064 distributed.net
2065 DLSw
2066 DLSw
2080
2106 MZAP
2140 DeepThroat
2301 Compaq Insight Management Web Agents
2327 Netscape Conference
2336 Apple UG Control
2345
2427 MGCP gateway
2504 WLBS
2535 MADCAP
2543 sip
2565
2592 netrek
2727 MGCP call agent
2766
2628 DICT
2998 ISS Real Secure Console Service Port
3000 Firstclass
3001
3031 Apple AgentVU
3052
3128 squid
3130 ICP
3150 DeepThroat
3264 ccmail
3283 Apple NetAssitant
3288 COPS
3305 ODETTE
3306 mySQL
3352
3389 RDP Protocol (Terminal Server)
3520
3521 netrek
3879
4000 icq, command-n-conquer
4045
4144
4242
4321 rwhois
4333 mSQL
4444
47017
4827 HTCP
5000
5001
5002
5004 RTP
5005 RTP
5010 Yahoo! Messenger
5050
5060 SIP
5135
5150
5190 AIM
5222
5353
5400
5500 securid
5501 securidprop
5300
5423 Apple VirtualUser
5555
5556
5631 PCAnywhere data
5632 PCAnywhere
5678
5800 VNC
5801 VNC
5900 VNC
5901 VNC
5843
6000 X Windows
6112 BattleNet
6050
6499
6500
6502 Netscape Conference
6547
6548
6549
6666
6667 IRC
6670 VocalTec Internet Phone, DeepThroat
6699 napster
6776 Sub7
6968
6969
6970 RTP
6971
7000
7007 MSBD, Windows Media encoder
7070 RealServer/QuickTime
7161
7323
7777
7778 Unreal
7640
7648 CU-SeeMe
7649 CU-SeeMe
7654
8000
8002
8010 WinGate 2.1
8080 HTTP
8100
8181 HTTP
8383 IMail WWW
8765
8875 napster
8888 napster
8890
9000
9090
9200
9704
9669
9876
9989
10008 cheese worm
10752
12345
11371 PGP 5 Keyserver
12346
13000
13223 PowWow
13224 PowWow
14000
14237 Palm
14238 Palm
14690
16969
18888 LiquidAudio
21157 Activision
22555
22703
22793
23213 PowWow
23214 PowWow
23456 EvilFTP
26000 Quake
27000
27001 QuakeWorld
27010 Half-Life
27015 Half-Life
27374
27444
27665
27910
27960 QuakeIII
28000
28001
28002
28003
28004
28005
28006
28007
28008
30029 AOL Admin
30100
30101
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30103
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Gaudí: el buscador de audio de Google

Desde hace unas semanas está disponible un buscador de audio de Google. De momento solo hace búsquedas en los discursos de los candidatos a la Presidencia de EEUU (Obama y McCain), y , naturalmente, en inglés.

Lo curioso del buscador es que Google lo llama Gaudí (supono que por la G de Google y audi de audio, aunque también querrán «jugar con el nombre del arquitecto catalán).

Ahora habrá que ver si mantienen ese nombre, y si lo hacen, las repercusiones que tendrá sobretodo entre los familiares del creador de la Sagrada Familia.

Grandes fotografías de los Juegos Paralímpicos

Los atletas paralímpicos se merecen una medalla solo por participar. España es una potencia en atletas paralímpicos como demuestra que estamos entre los que mas medallas obtenemos, de ellas 5 de nuestra atleta Teresa Perales, que ya lleva 5 medallas.

Aqui he encontrado una colección de preciosas fotografías de estos juegos