Otra «genial» idea

La famosa escena de «El hundimiento» en la que Hitler se pone como un basilisco en el bunker ante sus oficiales, ha sido una de las mas parodiadas en la red.

Ahora la productora ha pedido a Youtube que las elimine al tratarse de contenido protegido. Y cual ha sido la reacción inmediata?. Parodiar la parodia ocultando las imágenes, pero manteniendo la voz original de Hitler, y subtitulando como si él mismo se quejara de la retirada de esos videos.

Es decir, otra vuelta de tuerca, a ver si ahora también van a mandar retirar esta parodia, en la que no se ven las imágenes que según la productora le pertenecían.

Y que demuestra todo esto, para empezar la poca visión de dicha productora, pretendiendo ir mas allá de lo razonable. Lo que la gente había hecho no era mas que una adaptación cómica de una situación, usando unas imágenes de una película que mucha gente habrá conocido, e incluso visto, gracias a los montajes de miles de internautas.

Y eso en que les perjudica?, Yo creo que en nada, no por eso han dejado de ingresar dinero, al revés. Y ahora encima son parodiados por la estupidez que han cometido, sin posibilidad de reclamación, porque se han cumplido sus requerimientos y las imágenes no se han mostrado.

Lo siguiente a por lo que irán que será, ¿a por el sonido?.

Por cierto, habrán pedido ellos permiso para usar las figuras del dictador alemán, y de sus ayudante antes de hacer la película.

A partir de hoy, Red y Libertad

Consideramos imprescindible la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por los siguientes motivos:

  1. Viola los derechos constitucionales en los que se ha de basar un estado democrático en especial la presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado, protección de consumidoras y consumidores, entre otros.
  2. Genera para la Internet un estado de excepción en el cual la ciudadanía será tratada mediante procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.
  3. Establece un procedimiento punitivo “a la carta” para casos en los que los tribunales ya han manifestado que no constituían delito, implicando incluso la necesidad de modificar al menos 4 leyes, una de ellas orgánica. Esto conlleva un cambio radical en el sistema jurídico y una fuente de inseguridad para el sector de las TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación). Recordamos, en este sentido, que el intercambio de conocimiento y cultura en la red es un motor económico importante para salir de la crisis como se ha demostrado ampliamente.
  4. Los mecanismos preventivos urgentes de los que dispone la ley y la judicatura son para proteger a toda ciudadanía frente a riesgos tan graves como los que afectan a la salud pública. El gobierno pretende utilizar estos mismos mecanismos de protección global para beneficiar intereses particulares frente a la ciudadanía.
    Además la normativa introducirá el concepto de “lucro indirecto”, es decir: a mí me pueden cerrar el blog porque “promociono” a uno que “promociona” a otro que vincula a un tercero que hace negocios presuntamente ilícitos
  5. Recordamos que la propiedad intelectual no es un derecho fundamental contrariamente a las declaraciones del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño. Lo que es un derecho fundamental es el derecho a la producción literaria y artística.
  6. De acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Cultura, esta disposición se utilizará exclusivamente para cerrar 200 webs que presuntamente están atentando contra los derechos de autor. Entendemos que si éste es el objetivo de la disposición, no es necesaria, ya que con la legislación actual existen procedimientos que permiten actuar contra webs, incluso con medidas cautelares, cuando presuntamente se esté incumpliendo la legalidad. Por lo que no queda sino recelar de las verdaderas intenciones que la motivan ya que lo único que añade a la legislación actual es el hecho de dejar la ciudadanía en una situación de grave indefensión jurídica en el entorno digital.
  7. Finalmente consideramos que la propuesta del gobierno no sólo es un despilfarro de recursos sino que será absolutamente ineficaz en sus presuntos propósitos y deja patente la absoluta incapacidad por parte del ejecutivo de entender los tiempos y motores de la Era Digital.

La disposición es una concesión más a la vieja industria del entretenimiento en detrimento de los derechos fundamentales de la ciudadanía en la era digital.

La ciudadanía no puede permitir de ninguna manera que sigan los intentos de vulnerar derechos fundamentales de las personas, sin la debida tutela judicial efectiva, para proteger derechos de menor rango como la propiedad intelectual. Dicha circunstancia ya fue aclarada con el dictado de inconstitucionalidad de la ley Corcuera (o “ley de la patada en la puerta”). El Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet, respaldado por más de 200 000 personas, ya avanzó la reacción y demandas de la ciudadanía antes la perspectiva inaceptable del gobierno.

Para impulsar un definitivo cambio de rumbo y coordinar una respuesta conjunta, el 9 de enero se ha constituido la “Red SOStenible” una plataforma representativa de todos los sectores sociedad civil afectados. El objetivo es iniciar una ofensiva para garantizar una regulación del entorno digital que permita expresar todo el potencial de la Red y de la creación cultural respetando las libertades fundamentales.

En este sentido, reconocemos como referencia para el desarrollo de la era digital, la Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento, un documento de síntesis elaborado por más de 100 expertos de 20 países que recoge los principios legales fundamentales que deben inspirar este nuevo horizonte.

En particular, consideramos que en estos momentos es especialmente urgentes la implementación por parte de gobiernos e instituciones competentes, de los siguientes aspectos recogidos en la Carta:

  1. Los artistas como todos los trabajadores tienen que poder vivir de su trabajo (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo B. “Estímulo de la creatividad y la innovación”, de la Carta);
  2. La sociedad necesita para su desarrollo de una red abierta y libre (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo D, “Acceso a las infraestructuras tecnológicas”, de la Carta);
  3. El derecho a cita y el derecho a compartir tienen que ser potenciado y no limitado como fundamento de toda posibilidad de información y constitutivo de todo conocimiento (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo A, “Derechos en un contexto digital”, de la Carta);
  4. La ciudadanía debe poder disfrutar libremente de los derechos exclusivos de los bienes públicos que se pagan con su dinero, con el dinero publico (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo C, “Conocimiento común y dominio público”, de la Carta);
  5. Consideramos necesaria una reforma en profundidad del sistema de las entidades de gestión y la abolición del canon digital (referencia punto 2 “Demandas legales“, párrafo B, “Estímulo de la creatividad y la innovación”, de la Carta).

Por todo ello hoy se inicia la campaña INTERNET NO SERA OTRA TELE y se llevarán a cabo diversas acciones ciudadanas durante todo el periodo de la presidencia española de la UE.

Consideramos particularmente importantes en el calendario de la presidencia de turno española el II Congreso de Economía de la Cultura (29 y 30 de marzo en Barcelona), Reunión Informal de ministros de Cultura (30 y 31 de marzo en Barcelona) y la reunión de ministros de Telecomunicaciones (18 a 20 de abril en Granada).

La Red tiene previsto reunirse con representantes nacionales e internacionales de partidos políticos, representantes de la cultura y delegaciones diplomáticas.

Firmado
Red SOStenible

La Red SOStenible somos todos. Si quieres adherirte a este texto, cópialo, blogguéalo, difúndelo.

Las discográficas ganan una demanda contra una mujer por descargarse música en EEUU

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La acusada deberá pagar 6.600 euros por cada una de las 24 canciones objeto del litigio

La industria discográfica ha obtenido una victoria judicial en Estados Unidos, donde un tribunal dictaminó que una mujer de Minnesota infringió los derechos de autor de canciones al utilizar Internet para descargar y distribuir música, según documentos judiciales.

En la demanda civil, un jurado de la Corte Distrital de Minnesota falló que Jammie Thomas, una mujer soltera de 30 años, infringió los derechos de autor y la condenó a pagar 9.250 dólares (6.600 euros) por cada una de las 24 canciones descargadas objeto del litigio. De acuerdo con los documentos judiciales, la cifra total asciende a 222.000 dólares (158.400 euros), informa Reuters.

Entre las compañías que llevaron adelante la demanda estan Capitol Records (de EMI Group), Sony BMG Music Entertainment, Arista Records, Interscope Records, Warner Bros Records y UMG Recordings.

Durante el proceso, las compañías de discos habían alegado que la acusada había compartido un total de 1.702 canciones, informa AP. Asimismo, las compañías la habían acusado de utilizar KaZaA para los intercambios de música en la Red. Por su parte, Thomas había negado todas las acusaciones.

Este caso ha sido descrito como la primera demanda por la descarga de música en la Red que la industria discográfica lleva efectivamente a juicio, de un total de 26.000 procesos iniciados por intercambio de archivos iniciados desde 2003. Otros muchos procesos se llegaron a zanjar mediante acuerdos extrajudiciales.

Mientras que el abogado de la mujer, Brian Toder, declaró que la acusada tenía problemas económicos y «deberá reservar un cuarto de su salario para pagar esta multa de por vida», el principal abogado de la acusación, Richard Gabriel, aseguró a AP que «esto envía un mensaje de que descargarse y distribuir nuestro material no está bien».

Via El Mundo